¿Justicia o discriminación hacia las mujeres?
¿Justicia o discriminación hacia las mujeres?
Andrea Acosta
14 de noviembre de 2022 #Justicia #Género #Discriminación
Fuente: Tercera Vía.(11 de julio de 2016)-Para ellos no existen: Gobierno de Jalisco da la espalda a desaparecidos.Recuperado de:https://terceravia.mx/2016/07/existen-gobierno-jalisco-da-la-espalda-a-desaparecidos/
Para comenzar, es importante puntualizar que en la actualidad el acceso a la justicia, se ha presentado más como un privilegio y no realmente como un derecho humano para todas las personas mexicanas, sobre todo hacia los grupos en situación de discriminación, como son las niñas y mujeres mexicanas, ya que no se les ha garantizado totalmente una verdadera justicia integral en el país, ocasionando una afectación grave en sus vidas[1].
Es cierto, todo acto de violencia merece justicia, sin embargo, es necesario entender el vínculo entre la violencia y el género, para que, de este modo, se comprenda cuáles han sido los retos que las mujeres y niñas tienen para poder acceder al sistema judicial mexicano. Por eso mismo, hay que reconocer que la violencia contra ellas, se presenta de diversas modalidades y que, además, se diferencia de las que atraviesan los hombres por el lugar donde acontecen y por la relación que guarda la víctima con el agresor, puesto que en la gran mayoría de los sucesos como en la violencia física y sexual, en más de 90% de los casos, los agresores son hombres. De igual manera, otro fenómeno, tiene que ver con la persistencia de estereotipos de género, que son muy reales. Por ejemplo, en el caso de Lesvy: cuando fue asesinada en el campus de la UNAM, desde la cuenta oficial de Twitter de la procuraduría capitalina empezaron a emitir mensajes cuestionando a la víctima, en el sentido de que era alguien a quien le gustaba ir a fiestas y que no era buena alumna o persona.
Hay que recalcar que no todas las mujeres enfrentan los mismos obstáculos para el acceso a la justicia, pues hay que reconocer que el género no es el único punto de discriminación, ya que en la práctica, los retos que vive una persona de la comunidad indígena son distintos a los que enfrenta una mujer con discapacidad, una trans o una migrante.
Por otro lado, de acuerdo con el Barómetro Global de la Corrupción de Transparencia Mexicana 2019, en Latinoamérica 1 de cada 5 mujeres han sido víctimas de corrupción bajo el concepto de extorsión sexual: con el fin obtener algún servicio público, entre ellos el acceso a la justicia[2]. Realmente, es sorprendente observar que la violencia institucional aún persiste en contra de las mujeres en el procedimiento judicial, desde las denuncias, investigaciones y las sentencias, pues como señala Amnistía Internacional, un ejemplo de lo anterior, son las investigaciones sobre feminicidios precedidos de desaparición en el Estado de México, pues son deficientes dado que se han perdido evidencias que otorgan investigaciones suficientes y en las que no se aplican correctamente la perspectiva de género. Además, las familias son revictimizadas, invierten tiempo y dinero en investigar por su propia cuenta así como presionar a las autoridades para que realicen sus funciones, siendo amenazadas y maltratadas por personas responsables de los delitos y también por las autoridades[3]. Es por eso mismo que hasta ahora, no se han logrado constituir instituciones sanas, sostenibles, duraderas y transparentes, pues la ineficacia judicial frente a casos individuales de violencia contra las mujeres propicia un ambiente de impunidad que facilita y promueve la repetición de los hechos de violencia en general y envía un mensaje según el cual la violencia contra las mujeres puede ser tolerada y aceptada como parte del diario vivir[2].
Aunado a lo anterior, otro ámbito del derecho en el que pueden influir los estereotipos es dentro de la labor judicial y normativa. Por ello, es indispensable que en ese tipo de casos las personas juezas se pregunten, si la norma tiene efectos distintos si se aplica a una mujer, y si la connotación que se le está dando a la norma, parte en algún sentido de una idea preconcebida sobre el género. Por ejemplo, con relación en el estereotipo de género que persiste en torno a que las mujeres víctimas de violación oponen resistencia al acto violento, puede ser que la persona juzgadora concluya que el acto fue consentido cuando no conste evidencia de que la víctima se defendió o que no existieran pruebas del hecho [5].
Por eso mismo, hoy más que nunca debe promoverse entornos dónde la realidad de la justicia sea con perspectiva de género, porque fomentaría nuevos equilibrios institucionales y de carácter social, en la que se pueda combatir la impunidad en los casos de violencia contra las mujeres, donde se sigan analizando las bases estructurales por las que son discriminadas[6] durante el procedimiento judicial y de esta manera el Estado mexicano cumpla con su obligación de garantizar por conducto de los tribunales nacionales competentes y de otras instituciones públicas, la protección efectiva de las niñas y mujeres contra todo acto de discriminación como indica la Convención Belém do Pará, la cual está firmada por México[7].
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[1]Pecova, A. ¿Por qué no hay justicia para las mujeres en México?.Impunidad Cero.Recuperado de:https://www.impunidadcero.org/uploads/app/articulo/98/contenido/1546879216W98.pdf
[2] MEXICANOS CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD CORRUPCIÓN. (4 MARZO DE 2022) CORRUPCIÓN E IMPUNIDAD EN MATERIA DE GÉNERO EN MÉXICO: 2018-2021.Recuperado de:https://contralacorrupcion.mx/corrupcion-e-impunidad-en-materia-de-genero-en-mexico-2018-2021/
[3] AMNISTÍA INTERNACIONAL. (2021).JUICIO A LA JUSTICIA. Recuperado de:https://amnistia.org.mx/contenido/index.php/juicio-a-la-justicia/
[4] Corte IDH, Caso González y otras (“Campo algodonero”) contra México, párrafo 388.
[5] Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2020). Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género. Recuperado de:https://www.scjn.gob.mx/derechoshumanos/sites/default/files/protocolos/archivos/202011/Protocolo%20para%20juzgar%20con%20perspectiva%20de%20g%C3%A9nero%20%28191120%29.pdf
[7] GOBIERNO DE MÉXICO. (14 de julio de 2021). Juzgar con perspectiva de género.Instituto Nacional de las Mujeres Recuperado de:https://www.gob.mx/inmujeres/es/articulos/juzgar-con-perspectiva-de-genero?idiom=es
Mujer feminista, con interés en actividades y proyectos de derechos humanos, así como estudiante y representante del séptimo semestre del Consejo semestre de la Facultad de Derecho (UADY). De igual forma, es Secretaria de Girl Up Resistencia Feminista Yucatán y ganadora del tercer lugar en Proyecta DH, por el proyecto el derecho humano a la vida digna garantizando la salud mental de las juventudes en el municipio de Timucuy, Yucatán, México, con énfasis multiplicador en otros municipios.